Según la reciente Jurisprudencia del Tribunal Supremo, éstos son los gastos que debe asumir la entidad prestamista como parte interesada:

  1. Gastos notariales: suele representar entre el 0,1% y el 0,5% de la responsabilidad hipotecaria. Podemos recuperar la mitad de esta partida.
  2. Gestoría: Suelen rondar aproximadamente los 400 euros. Podemos reclamar que nos devuelvan la mitad de lo pagado por este concepto.
  3. Gastos de Registro de la Propiedad: no suele superar el 0,2%. Tenemos derecho a recuperar todo lo abonado en costas de inscripción.
  4. Respecto a los gastos de tasación del inmueble, podríamos recuperarlos si ya disponíamos de una tasación en vigor y válida antes de pedir la hipoteca (efectuada por una sociedad homologada) y el banco la rechazó y nos obligó a contratar los servicios de otra agencia para tasar la vivienda de nuevo. En este apartado hay algo de contradicción por lo que podría variar la jurisprudencia en los meses próximos. Sin embargo a día de hoy no es posible reclamarlo si no se tenía otra tasación previa.

Todas las consultas son gratuitas por lo que si usted está interesado en reclamar el pago de estos gastos sólo tiene que llamar, enviar una consulta o un correo electrónico para estudiar la viabilidad del caso, y le daremos una respuesta.